Comunidades autónomas
La Ley 5/2025 de Vivienda de Andalucía: un nuevo marco autonómico para el derecho a la vivienda
Normas con rango de ley
La aprobación por el Parlamento andaluz de la Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía, publicada en el BOJA núm. 247, de 24 de diciembre de 2025, y entra en vigor el 24 de enero de 2026, con publicación completa en el BOE núm. 7, de 8 de enero de 2026, constituye el primer intento sistemático de codificación del derecho a la vivienda en Andalucía tras décadas de normativa fragmentaria y dispersa. La norma sustituye una multiplicidad de textos legales —las leyes 13/2005, 1/2010, 4/2013 y 1/2018, entre otras— y aspira a responder a las tensiones estructurales del mercado inmobiliario andaluz: escasez de oferta residencial asequible, envejecimiento del parque construido, conflictos entre el uso habitacional y el turístico y dificultades de las personas jóvenes para emanciparse. Vale precisar que esta unificación normativa no responde exclusivamente a motivos de técnica legislativa; refleja una opción de política pública que pretende equilibrar el fomento del parque público de alquiler, la protección de la propiedad privada frente a ocupaciones ilegales y la coordinación de la vivienda con la planificación territorial y urbana en el marco de la Ley 7/2021, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía
Cabe recordar que el Tribunal Constitucional, en su Sentencia 79/2024, de 21 de mayo, avaló la competencia exclusiva autonómica en materia de vivienda, permitiendo que Andalucía desarrolle de forma exhaustiva el régimen de la vivienda protegida, con criterios más flexibles respecto de los requisitos de calificación y el plazo de protección. Este respaldo jurisdiccional constituye el fundamento constitucional sobre el que se construye la nueva arquitectura normativa.
Una de las vertientes más llamativas de la Ley 5/2025 de Vivienda de Andalucía es la recepción expresa de nuevos modelos residenciales, como el cohousing, el coliving o las modalidades de flexliving, que hasta ahora se situaban en una zona gris entre la normativa urbanística y la sectorial. Cabe recordar que estas fórmulas responden a cambios demográficos, laborales y tecnológicos que reconfiguran el modo de habitar la ciudad e interpelan directamente los instrumentos clásicos de planeamiento y gestión urbanística.
Enlace al texto oficial:
BOJA núm. 247, de 24 de diciembre de 2025: Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía.