Comunidades autónomas
LEY 4/2023, de 6 de julio, de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia
Normas con rango de ley
Define el litoral como una franja a ambos lados de la ribera que abarca hasta el límite administrativo del ayuntamiento costero en su interior y hasta el límite exterior del mar territorial en el espacio marítimo. Establece para su gestión diversos instrumentos de ordenación del territorio, generales y sectoriales, con clara incidencia sobre el planeamiento y usos urbanísticos. A destacar la acotación de espacios costeros a excluir del proceso urbanizador, la potencial vocación de planes especiales urbanísticos de los instrumento que ordenen las playas o la regulación de los usos permitidos en las áreas de protección ambiental, mejora ambiental y paisajística y áreas de reordenación del litoral.