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Jurisprudencia

Validez de la modificación del PGOU que restringe instalaciones de energías renovables en suelo no urbanizable

Tribunales Superiores de Justicia de las CCAA

El TSJ de Aragón desestima el recurso interpuesto contra la modificación aislada nº 1/2022 del PGOU de Ejea de los Caballeros, que introduce limitaciones a la implantación de instalaciones fotovoltaicas y eólicas, especialmente en suelo no urbanizable. La Sala rechaza que fuera necesaria evaluación ambiental estratégica ordinaria, al considerar suficiente la simplificada realizada y avalada por el INAGA.
También descarta la nulidad por falta de informe de impacto de género, por no ser exigible conforme a la normativa aplicable al procedimiento, así como la infracción del principio de no regresión ambiental, la desviación de poder, la invasión competencial y la vulneración de la unidad de mercado, al entender que la regulación responde a finalidades urbanísticas y ambientales legítimas y entra dentro de la discrecionalidad del planificador. En consecuencia, confirma la aprobación definitiva de la modificación del plan.

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Fecha de publicación

19/01/2026

ECLI

ECLI:ES:TSJAR:2026:114

Número de recurso

214/2024

Palabras clave

eólica, fotovoltaica, evaluación ambiental estratégica, suelo no urbanizable

Remitido por

María Jesús Romero Aloy

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